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IRPF 2022 : Último año para la deducción de la inversión en vivienda habitual

Desde el 1 de enero de 2023 se suprime esta deducción, pero si te has deducido antes de esa fecha puedes seguir aplicando esta deducción en tu declaración de Renta si cumples los requisitos establecidos

Concepto de vivienda habitual

Qué se entiende por vivienda habitual a efectos de la deducción

A efectos de la deducción, se entiende por vivienda habitual la edificación que cumpla los siguientes requisitos:

1. Que constituya la residencia del contribuyente durante un plazo continuado de al menos tres años.
No obstante, se entenderá que la vivienda tuvo el carácter de habitual cuando, a pesar de no haber transcurrido dicho plazo, se produzca el fallecimiento del contribuyente o concurran otras circunstancias que necesariamente exijan el cambio de domicilio, tales como:

- celebración de matrimonio
-separación matrimonial
- traslado laboral
- obtención de primer empleo o cambio de empleo u otras análogas justificadas
- Se entenderá igualmente como circunstancia que necesariamente exige el cambio de vivienda el hecho de que la anterior resulte inadecuada como consecuencia de la discapacidad del propio contribuyente o de su cónyuge o un pariente, en línea directa o colateral, consanguínea o por afinidad, hasta el tercer grado inclusive, que conviva con él o ella.

2. Que el contribuyente la habite de manera efectiva y con carácter permanente, en un plazo no superior a doce meses contados desde la fecha de adquisición o de terminación de las obras.

No obstante, se entenderá que la vivienda adquirida no pierde el carácter de habitual cuando se produzcan las circunstancias señaladas anteriormente y cuando el contribuyente disfrute de vivienda habitual por razón de cargo o empleo y la vivienda adquirida no sea objeto de utilización. En este supuesto, el plazo de doce meses comenzará a contarse a partir de la fecha del cese en el correspondiente cargo o empleo.

¿Quién tiene derecho a seguir aplicando esta deducción?

Qué requisitos tienes que cumplir

A partir del 1 de enero de 2013, sólo puedes aplicar la deducción por inversión en vivienda habitual por las cantidades satisfechas en el período de que se trate en los siguientes casos:
a. Si has adquirido tu vivienda habitual o has pagado cantidades para la construcción de la misma con anterioridad a 1 de enero de 2013.
b. Si has pagado cantidades con anterioridad al 1 de enero de 2013 por obras de rehabilitación o ampliación de la vivienda habitual, siempre que las citadas obras hayan finalizado antes del 1 de enero de 2017.
c. Si has pagado cantidades con anterioridad al 1 de enero de 2013 para la realización de obras e instalaciones de adecuación de la vivienda habitual de las personas con discapacidad, siempre y cuando las citadas obras o instalaciones hayan finalizado antes de 1 de enero de 2017.

En todo caso, para poder aplicar la deducción por vivienda habitual se exige que te hayas aplicado la deducción por dicha vivienda en 2012 o en años anteriores, salvo que no la hayas podido aplicar todavía porque el importe invertido en la misma no haya superado el importe exento por reinversión o las bases efectivas de deducción de viviendas anteriores.

¿Por qué importes se puede deducir?

Qué cantidades invertidas son deducibles

Puedes deducir por las cantidades invertidas durante el ejercicio:
a. Para inversiones en adquisición, rehabilitación, construcción o ampliación de la vivienda habitual: hasta 9.040 ? anuales.
Este límite será único para el conjunto de los conceptos de inversión reseñados y se aplicará en idéntica cuantía en tributación conjunta.
b. Por cantidades destinadas a la realización de obras e instalaciones de adecuación de la vivienda habitual del contribuyente por razón de discapacidad: hasta 12.080 ? anuales.

Este último límite es independiente del límite de 9.040 ? establecido para los restantes conceptos deducibles por inversión en vivienda habitual.

Este límite se aplicará en idéntica cuantía en tributación conjunta.

En ambos casos, el eventual exceso de las cantidades invertidas sobre dichos importes no puede trasladarse a ejercicios futuros.

Los contribuyentes que deseen ejercer el derecho a la deducción por inversión en vivienda habitual por cumplir los requisitos exigidos, estarán obligados, en todo caso, a presentar declaración por el IRPF .

Anticipo de la deducción por vivienda habitual

Requisitos y plazos para solicitarlo

Si eres un trabajador por cuenta ajena puedes solicitar una reducción en dos enteros en el tipo de retención aplicable a tus rentas del trabajo siempre que:

- la cuantía total de tus retribuciones íntegras por rendimientos del trabajo procedentes de todos tus pagadores sea inferior a 33.007,20 ? anuales
- efectúes pagos por préstamos destinados a la adquisición o rehabilitación de tu vivienda habitual (no se contempla la ampliación ni la construcción)
- tengas derecho a la deducción por inversión en vivienda habitual
comuniques esta situación a tu pagador. Puedes utilizar el Modelo 145
- el tipo de retención no resulte negativo como consecuencia de la reducción.
Si eres el pagador de las rentas del trabajo tendrás que tenerlo en cuenta para calcular la retención que debes practicar a tus empleados.

Plazos de presentación y efectos

Puedes efectuar la comunicación desde el momento en que destines cantidades a la adquisición o rehabilitación de tu vivienda habitual.

La regularización del tipo de retención tendrá efectos desde la fecha en que lo comunicas y, siempre que falten al menos 5 días para confeccionar la nómina.
No tienes que reiterar esta comunicación en cada ejercicio salvo que se produzcan variaciones en los datos que inicialmente has comunicado.

Más info: https://www.inmonews.es/irpf-2022-ultimo-ano-deduccion-inversion-vivienda-habitual/